REQUISITOS Y CONDICIONES DE LA PROMOCIÓN
“SÚPER MAMÁ TODOS LOS DÍAS”
PATROCINADOR Y PARTICIPANTES
1. La promoción, su mecánica, la publicidad y los derechos de autor que de la actividad se deriven, son propiedad intelectual de la empresa GMG COMERCIAL COSTA RICA, S.A en adelante EL PATROCINADOR a nombre de la cadena de tiendas de electrodomésticos Verdugo, excepto el local del Depósito Libre de Golfito y tienda en línea www.verdugotienda.com.
2. La vigencia de esta promoción es desde el lunes 20 de julio de 2026 hasta el lunes 31 de agosto de 2026 o hasta agotar las existencias de los sets de organizadores, lo que ocurra primero; y aplica únicamente en las tiendas Verdugo detalladas en el punto anterior.
2.1. La vigencia de esta promoción podría extenderse a criterio EL PATROCINADOR, quien estará comunicándolo previamente en el punto de venta.
3. Solamente podrán reclamar esta promoción personas físicas mayores de 18 años que cuenten con un documento de identificación válido y al día, reconocido por el Gobierno de la República de Costa Rica.
3.1. No participan menores de edad ni siquiera con la autorización de sus padres, encargados, o responsables.
MECÁNICA DE PARTICIPACIÓN Y BENEFICIO PARA EL CLIENTE
4. El beneficio principal de la promoción “Súper Mamá todos los días” consiste en el obsequio de 1 set de 10 organizadores por compras que realice en los comercios detallados anteriormente y bajo las siguientes condiciones:
4.1. Compras a crédito: Se obsequiará 1 set de 10 organizadores al cliente que realice una compra a crédito por un monto mínimo de 200.000 mil colones (precio total de la factura del artículo(s) adquirido(s). Solo se entregará un set de diez organizadores, por factura, por persona. La compra puede ser de cualquier artículo de la tienda y debe incluir mínimo un artículo de las marcas patrocinadoras, mientras se realice a crédito y cumpla con el monto mínimo.
4.2. Compras a contado: Se obsequiará 1 set de 10 organizadores al cliente que realice una compra a contado por un monto mínimo de 300.000 mil colones (precio total de la factura del artículo(s) adquirido(s). Solo se entregará un set de diez organizadores por factura, por persona. La compra puede ser de cualquier artículo de la tienda y debe incluir mínimo un artículo de las marcas patrocinadoras, mientras se realice a contado y cumpla con el monto mínimo.
4.3. La regalía también podrá entregarse por la compra de productos de las marcas patrocinadoras de la promoción por un monto mayor de ¢65.000 colones. El cliente puede consultar la lista de marcas patrocinadoras: Samsung / Telstar / Honor / Frigidaire / Xiaomi / Hisense / Motorola / Black & Decker / Remington / Power XL / Mabe / GE / Capri / Coruña / Comfortex.
4.1.1. Se.
3.1. Código 192773-191200-191201.
PRODUCTOS A LOS CUALES APLICA LA PROMOCIÓN
5. Esta promoción aplica a las compras que se realicen siempre que se cumpla con las condiciones mencionadas en el punto 4, 4.1, 4.2 y 4.3 de este reglamento.
OBLIGACIONES DEL CLIENTE
6. Toda persona que desee hacer uso de esta promoción deberá tener conocimiento del presente reglamento, ya que su aceptación conlleva la forzosa e ineludible obligación de conocer las condiciones, limitaciones y responsabilidades que se establecen para las partes. Si una persona no se adhiere o no demuestra su voluntad de aceptar estas condiciones, liberará de forma automática a EL PATROCINADOR de cualquier tipo de responsabilidad que se le establezca en el presente documento.
7. El Cliente concede su autorización para documentar mediante fotografías o video la entrega del obsequio para fines internos de registro y control. Así como para eventuales publicaciones en redes sociales de EL PATROCINADOR.
SITUACIONES GENERALES EN LAS QUE NO APLICA LA PROMOCIÓN
8. No aplica en compras de artículos fuera de los detallados en este reglamento en el punto 4, 4.1, 4.2 y 4.3.
9. Solamente se entregará un set de regalía por factura por persona.
RESPONSABILIDAD, CONDICIONES Y RESTRICCIONES
10. En la publicidad de esta promoción se ha consignado la frase “APLICAN CONDICIONES. CONSULTAR REGLAMENTO EN TIENDAS”, en señal de que la participación de los interesados, así como la propia promoción, están sujetos a condiciones y limitaciones. Estas condiciones y restricciones son las que se indican en el presente documento.
11. Cualquier asunto que se presente con la promoción y que no esté previsto en el presente reglamento, será resuelto por EL PATROCINADOR, en estricto apego a las leyes de la República.
12. Los reclamos deben ser inmediatos en el punto de venta, y en segunda línea dirigidos al departamento de Mercadeo de GMG Comercial Costa Rica, S.A.
13. En ninguna circunstancia EL PATROCINADOR reconocerá el reclamo fuera de las disposiciones de este reglamento.
14. Si un consumidor no acepta la promoción o sus condiciones, se considerará que ha renunciado a su derecho de aplicar la promoción y no le asistirá derecho a reclamo o indemnización alguna, ni siquiera parcialmente. De esta circunstancia se levantará un acta notarial.
15. GMG Comercial de Costa Rica S.A., suspenderá en forma inmediata la presente promoción, sin asumir responsabilidad alguna, si se llegasen a detectar defraudaciones tales como alteraciones, imitaciones, reimpresiones, sustituciones o cualquier otra irregularidad en los tiquetes de compra, o si se presentara una circunstancia de fuerza mayor que afecte gravemente los intereses de las empresas patrocinadoras.
16. Igualmente, GMG Comercial de Costa Rica S.A., se reserva el derecho de actualizar este reglamento en cualquier momento para introducir todas aquellas modificaciones necesarias para la buena marcha de la promoción. Las anteriores circunstancias se comunicarán en la misma forma que el presente reglamento, fecha a partir de la cual la promoción cesará, o la reforma al reglamento quedará vigente.
Julio 2026
Gerencia de Mercadeo
GMG